Artículo 58del Ley de Acceso a la Información Pública
Procedimiento del recurso de revisión
Título Cuarto. Recurso de revisión · Capítulo Segundo. Procedimiento de revisión
La máxima autoridad sustanciará el recurso de revisión conforme a los lineamientos siguientes:
1.Interpuesto el recurso de revisión, la máxima autoridad resolverá en definitiva dentro de los cinco días siguientes;
2.Las resoluciones de la máxima autoridad serán públicas.