Artículo 154del Ley de Amparo
Designación de Magistrados por la Corte Suprema de Justicia y por el Congreso de la República
Título Cinco. Corte de Constitucionalidad · Capítulo Dos. Integración
La designación de Magistrados titulares y suplentes por parte del pleno de la Corte Suprema de Justicia y por parte del pleno del Congreso de la República se realizará mediante convocatoria expresa, por mayoría absoluta de votos y de conformidad con los procedimientos que determinen sus leyes internas.