Artículo 56del Ley de Amparo
Liquidación de costas
Título Dos. Amparo · Capítulo Siete. Efectos y ejecución del amparo
Cuando haya condena en costas, el tribunal practicará su liquidación a petición de parte, la que se tramitará en la vía incidental.
Público y el Procurador de los Derechos Humanos.