Artículo 31del Ley de Contrataciones del Estado
Un sólo oferente
Título III. Regimen de licitacion y cotizacion publica · Capítulo I. Regimen de licitacion
Si a la convocatoria a la Licitación se presentare únicamente un oferente, a este se podrá adjudicar la misma, siempre que a juicio de la Junta de Licitación la oferta satisfaga los requisitos exigidos en las bases y que la proposición sea conveniente para los intereses del Estado. En caso contrario, la Junta está facultada para abstenerse de adjudicar.