Artículo 98del Ley de Protección al Consumidor
Resolución
Capítulo VII. Procedimientos administrativos para solucion de conflictos · Sección IV. Procedimiento administrativo
Concluido el procedimiento, se dictará resolución dentro de los cinco días siguientes, debiendo la Dirección, en base a las pruebas recabadas, determinar si el proveedor o prestador de servicios incurrió o no en la infracción y la sanción, en caso afirmativo. La resolución deberá llenar, en lo aplicable, los requisitos que establece la Ley del Organismo Judicial.