LTC · Artículo 57

Artículo 57del Ley de Tarjetas de Crédito

Reglamento del Decreto Número 6-2003 del Congreso de la República, Ley de Protección al Consumidor y Usuario

Capítulo VI. Disposiciones transitorias y finales

. El Organismo Ejecutivo deberá emitir las reformas necesarias al reglamento del Decreto Número 6-2003 del Congreso de la República, Ley de Protección al Consumidor y Usuario, con el objeto de adecuarlo al contenido de la presente ley, en un plazo no mayor de sesenta (60) días contados a partir de la publicación en el Diario Oficial de la presente ley.

Cómo citar

Art. 57, Ley de Tarjetas de Crédito de Guatemala (Decreto 2-2024), texto al 31 de marzo de 2026, codicegt.com/ley-de-tarjetas-de-credito/articulo-57/

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Fuente

Ley de Tarjetas de Crédito (Decreto 2-2024 del Congreso de la República). Texto según CENADOJ, Organismo Judicial — Compendio de Normativa de Derecho Bancario, al 31 de marzo de 2026.