LOJ · Artículo 80

Artículo 80del Ley del Organismo Judicial

Concurrencia

Título III. Funcion jurisdiccional · Capítulo II. Corte Suprema de Justicia

Para que la Corte Suprema de Justicia, cualquiera de sus cámaras u otro tribunal colegiado puedan desempeñar las funciones que les corresponde, se requiere la concurrencia de todos sus miembros.

Cómo citar

Art. 80, Ley del Organismo Judicial de Guatemala (Decreto 2-89), texto al 31 de julio de 2025, codicegt.com/ley-del-organismo-judicial/articulo-80/

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Fuente

Ley del Organismo Judicial (Decreto 2-89 del Congreso de la República). Texto según CENADOJ, Organismo Judicial, al 31 de julio de 2025.