LRENAP · Art. 101

Artículo 101 de la Ley del RENAP

Décimo Tercero Transitorio. De los Recursos

Reformado

Capítulo XIII. De las disposiciones transitorias

Registro Nacional de las Personas · Actualizado en Códice el · Alcance y aviso · Metodología

Se establece la obligación del Estado de incluir una asignación inicial de cien millones de quetzales (Q. 100,000,000.00) en el Presupuesto General de Ingresos y Egresos del Estado, para dar cobertura a los gastos de instalación, organización y operación del Registro Nacional de las Personas. Estos recursos constituirán fondos privativos del Registro Nacional de las Personas -RENAP-.

El Estado otorgará el financiamiento correspondiente, al Registro Nacional de las Personas, para la emisión del Documento Personal de Identificación -DPI-, en sustitución de la Cédula de Vecindad sin ningún costo para la población que ya posea esta última, debiendo cubrir todos los gastos que lleve el proceso de implementación y otorgamiento y/o emisión del documento indicado. Dicho aporte financiero, el Estado, lo realizará de sus ingresos corrientes del Presupuesto General de Ingresos y Egresos del Estado, mediante fuente de financiamiento once (11), ingresos corrientes, fuente veintinueve (29), otros recursos del tesoro con afectación específica, fuente cincuenta y dos (52), préstamos externos y fuente sesenta y uno (61), donaciones externas.

Historial de reformas

  1. 2008

    Adicionado (párrafo)

    Decreto 23-2008, art. 12

  2. Corte

    Texto según la fuente

    Versión que se muestra en esta página

Nota de la fuente: *Adicionado un segundo párrafo por el Artículo 12, del Decreto Número 23-2008 el 17-05-2008

Cómo citar

Art. 101, Ley del RENAP de Guatemala (Decreto 90-2005), codicegt.com/ley-del-renap/articulo-101/

También en Markdown y JSON.

Fuente

Ley del RENAP (Decreto 90-2005 del Congreso de la República). Texto según Registro Nacional de las Personas (renap.gob.gt), PDF de información pública del Decreto 90-2005.

Fuente oficial: Decreto 90-2005 — Registro Nacional de las Personas (renap.gob.gt).

Texto del Decreto 90-2005 con las notas de reforma que anota el RENAP: Decretos 14-2006, 23-2008, 26-2010, 29-2007, 39-2010 y 01-2007 (este último, en el último párrafo del Transitorio décimo cuarto), y las sentencias de inconstitucionalidad del expediente 1201-2006 de la Corte de Constitucionalidad. La edición no declara fecha de corte.

¿No coincide con la publicación oficial? Reportar un error.