Artículo 12del Código Civil
Libro Primero. De las personas y de la familia · Título I. De las personas · Capítulo I. De las personas individuales
La interdicción puede solicitarla indistintamente el Ministerio Público, los parientes del incapacitado o las personas que tengan contra él alguna acción qué deducir; y termina cuando cesa la causal que la motivó y así lo declare la autoridad judicial a instancia de quienes tienen derecho a pedirla o del mismo declarado incapaz.