CC · Artículo 1689

Artículo 1689del Código Civil

Libro Quinto. Del derecho de obligaciones · Título II. Del mandato · Capítulo I. Disposiciones generales

Sólo es gratuito el mandato si el mandatario hace constar, de manera expresa, que lo acepta de ese modo.

Cómo citar

Art. 1689, Código Civil de Guatemala (Decreto-Ley 106 del Jefe de Gobierno de la República), texto al 8 de agosto de 2025, codicegt.com/codigo-civil/articulo-1689/

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Fuente

Código Civil (Decreto-Ley 106 del Jefe de Gobierno de la República). Texto según CENADOJ, Organismo Judicial, al 8 de agosto de 2025.