Artículo 2150del Código Civil
Libro Quinto. Del derecho de obligaciones · Título XIX. Loterías y rifas; apuestas y juegos
Cuando las personas se sirvan del medio de la suerte para dividir cosas comunes o terminar cuestiones, producirá, en el primer caso, los efectos de una partición legítima y en el segundo, los de una transacción.