Artículo 340 del Código de Comercio
Pueden solicitar la inscripción
Libro II. De las obligaciones profesionales de los comerciantes · Título I. Del Registro mercantil · Capítulo I. Registradores, forma y materia de la inscripción
OMPI, WIPO Lex · Actualizado en Códice el · Alcance y aviso · Metodología
Podrán solicitar la inscripción los propios interesados, los Jueces de Primera Instancia de lo Civil, los Notarios que autoricen los actos sujetos a registro y cualquier persona que tenga interés en asegurar un derecho o en autenticar un hecho susceptible de inscripción.