CPCYM · Artículo 463

Artículo 463del Código Procesal Civil y Mercantil

Disposiciones obligatorias del testador

Libro Cuarto. Procesos especiales · Título II. Proceso sucesorio · Capítulo II. Sucesion testamentaria · Sección Primera. Tramite Judicial

Las reglas que los testadores hayan establecido para el inventario, avalúo, liquidación y división de los bienes, serán respetadas por los herederos instituidos

Cómo citar

Art. 463, Código Procesal Civil y Mercantil de Guatemala (Decreto-Ley 107 del Jefe de Gobierno de la República), fecha de corte no indicada en la fuente, codicegt.com/codigo-procesal-civil-y-mercantil/articulo-463/

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Fuente

Código Procesal Civil y Mercantil (Decreto-Ley 107 del Jefe de Gobierno de la República). Texto según Municipalidad de Zaragoza (zaragoza.gob.gt). Fecha de corte no indicada en la fuente.