CPP · Artículo 16

Artículo 16del Código Procesal Penal

Respeto a los derechos humanos

Libro Primero. Disposiciones generales · Título I. Principios básicos · Capítulo I. Garantías procesales

Los tribunales y demás autoridades que intervengan en los procesos deberán cumplir los deberes que les imponen la Constitución y los tratados internacionales sobre respeto a los derechos humanos.

Cómo citar

Art. 16, Código Procesal Penal de Guatemala (Decreto 51-92), texto al 31 de enero de 2024, codicegt.com/codigo-procesal-penal/articulo-16/

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Fuente

Código Procesal Penal (Decreto 51-92 del Congreso de la República). Texto según CENADOJ, Organismo Judicial, al 31 de enero de 2024.