CódiceLeyes de Guatemala

Accidente de tránsito con heridos

Los artículos clave, en el orden en que conviene leerlos. Cada nota dice de qué trata el artículo; lee siempre el texto completo. No es asesoría legal.

  1. Art. 150 · Código Penal Lesiones culposas Sanciona causar lesiones por culpa, con pena mayor si el conductor iba ebrio o drogado. Quien causare lesiones por culpa, aun cuando sean varias las victimas del mismo hecho, será sancionado con prisión de tres (3) meses a dos (2) años. Si el delito fuere ejecutado al conducir vehículo bajo influencia de…
  2. Art. 127 · Código Penal Homicidio culposo Sanciona la muerte causada por culpa, con pena mayor si el conductor iba ebrio o drogado. Al autor de homicidio culposo se le sancionará con prisión de dos (2) a cinco (5) años. Cuando el hecho causare, además, lesiones a otras personas o resultare la muerte de varias, la sanción será de tres (3) a ocho (8)…
  3. Art. 3 · Ley de Tránsito Responsabilidad Establece que los conductores y personas en la vía deben cumplir las normas de tránsito y responder por su incumplimiento. Es responsabilidad de los conductores de los vehículos y de todas las personas, sean peatones, nadadores o pasajeros, cumplir con las normas que en materia de tránsito establece la presente ley y, normen sus…
  4. Art. 29 · Ley de Tránsito Del seguro Obliga a todo propietario de vehículo a contratar seguro de responsabilidad civil contra terceros y ocupantes. Todo propietario de un vehículo autorizado para circular por la vía pública, deberá contratar, como mínimo, un seguro de responsabilidad civil contra terceros y ocupantes, conforme las disposiciones reglamentarias de…