Artículo 11del Ley de Amparo
Competencia de la Corte de Constitucionalidad
Título Dos. Amparo · Capítulo Dos. Competencia
. Corresponde a la Corte de Constitucionalidad, conocer en única instancia en calidad de Tribunal Extraordinario de Amparo, en los amparos interpuestos en contra del Congreso de la República, la Corte Suprema de Justicia, el Presidente y el Vicepresidente de la República.