Artículo 61del Ley de Amparo
Resoluciones contra las que puede interponerse apelación
Título Dos. Amparo · Capítulo Ocho. Recurso de apelación
Son apelables: Las sentencias de amparo; los autos que denieguen, concedan o revoquen el amparo provisional; los autos que resuelvan la liquidación de costas y de daños y perjuicios; y los autos que pongan fin al proceso.
El recurso de apelación deberá interponerse dentro de las cuarenta y ocho horas siguientes a la última notificación.