Artículo 78del Ley de Amparo
Desobediencia
Título Dos. Amparo · Capítulo Once. Disposiciones varias
La desobediencia, retardo u oposición a una resolución dictada en un proceso de amparo de parte de un funcionario o empleado del Estado y sus instituciones descentralizadas y autónomas es causa legal de destitución, además de las otras sanciones establecidas en las leyes.