LBGF · Artículo 128

Artículo 128del Ley de Bancos y Grupos Financieros

Derogatoria

Título XVI. Disposiciones transitorias y finales · Capítulo II. Finales

Se deroga la Ley de Bancos y Grupos Financieros, contenida en el Decreto Número 4-2002 del Congreso de la República, así como las demás disposiciones legales y reglamentarias que se opongan al presente decreto.

Cómo citar

Art. 128, Ley de Bancos y Grupos Financieros de Guatemala (Decreto 19-2002), texto al 31 de marzo de 2026, codicegt.com/ley-de-bancos/articulo-128/

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Fuente

Ley de Bancos y Grupos Financieros (Decreto 19-2002 del Congreso de la República). Texto según CENADOJ, Organismo Judicial — Compendio de Normativa de Derecho Bancario, al 31 de marzo de 2026.