Artículo 28 de la Ley Monetaria
Derogatorias
Título IV. Disposiciones finales · Capítulo Único
Banco de Guatemala · Actualizado en Códice el · Alcance y aviso · Metodología
Quedan derogados el Decreto Número 203, Ley Monetaria; el Decreto Número 139-96, Ley de Especies Monetarias; el Decreto Número 63-73, todos del Congreso de la República, y el artículo 1396 del Decreto-Ley Número 106, Código Civil, así como cualquier ley, reglamento o disposición de cualquier naturaleza que se opongan al presente Decreto.