Artículo 130del Ley de Bancos y Grupos Financieros
Urgencia nacional
Título XVI. Disposiciones transitorias y finales · Capítulo II. Finales
El presente Decreto fue declarado de urgencia nacional y aprobado en un solo debate.
Urgencia nacional
Título XVI. Disposiciones transitorias y finales · Capítulo II. Finales
El presente Decreto fue declarado de urgencia nacional y aprobado en un solo debate.
Art. 130, Ley de Bancos y Grupos Financieros de Guatemala (Decreto 19-2002), texto al 31 de marzo de 2026, codicegt.com/ley-de-bancos/articulo-130/
Ley de Bancos y Grupos Financieros (Decreto 19-2002 del Congreso de la República). Texto según CENADOJ, Organismo Judicial — Compendio de Normativa de Derecho Bancario, al 31 de marzo de 2026.