Artículo 27 de la Ley de Probidad
Responsabilidad por omisión de la presentación de la declaración jurada patrimonial
Capítulo V. Declaración patrimonial y del procedimiento para su presentación
Oficina Nacional de Servicio Civil · Actualizado en Códice el · Alcance y aviso · Metodología
Las personas que de conformidad con la presente Ley están obligadas a presentar Declaración Jurada Patrimonial y que incumplan con realizarlo en los plazos previstos en la presente Ley, incurren en responsabilidad administrativa y serán sancionados conforme lo establecido en la Ley de la Contraloría General de Cuentas de la Nación.