Artículo 119del Ley del Organismo Judicial
Competencia dudosa
Título IV. Disposiciones comunes a todos los procesos · Capítulo I. Jurisdiccion y competencia
Si surgiere alguna duda o conflicto acerca de cual juez debe conocer de un asunto, los autos se remitirán a la Corte Suprema de Justicia para que la cámara del ramo que proceda resuelva y remita el asunto al tribunal que deba conocer.