LRP · Artículo 27

Artículo 27del Ley del Régimen Penitenciario

Salidas al exterior

Título II. Derechos, obligaciones y prohibiciones de las personas reclusas · Capítulo I. Derechos

Las personas en cumplimiento de condena, tienen derecho de obtener permisos para salir de los centros penales, de acuerdo con las modalidades específicas del régimen de ejecución de la pena, siempre que reúnan los requisitos exigidos en esta ley y mediante resolución del juez de ejecución.

Cómo citar

Art. 27, Ley del Régimen Penitenciario de Guatemala (Decreto 33-2006), texto al 31 de mayo de 2025, codicegt.com/ley-del-regimen-penitenciario/articulo-27/

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Fuente

Ley del Régimen Penitenciario (Decreto 33-2006 del Congreso de la República). Texto según CENADOJ, Organismo Judicial — Compilación de Leyes Penales de Guatemala, 4a. ed., al 31 de mayo de 2025.