LRP · Artículo 23

Artículo 23del Ley del Régimen Penitenciario

Derecho a información

Título II. Derechos, obligaciones y prohibiciones de las personas reclusas · Capítulo I. Derechos

Las personas reclusas tienen derecho a ser informados del fallecimiento o enfermedad grave de un pariente dentro de los grados de ley. Asimismo las autoridades deben informar al pariente o persona registrada, a quien la persona reclusa hubiera designado, de la enfermedad, accidente o fallecimiento del mismo.

Cómo citar

Art. 23, Ley del Régimen Penitenciario de Guatemala (Decreto 33-2006), texto al 31 de mayo de 2025, codicegt.com/ley-del-regimen-penitenciario/articulo-23/

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Fuente

Ley del Régimen Penitenciario (Decreto 33-2006 del Congreso de la República). Texto según CENADOJ, Organismo Judicial — Compilación de Leyes Penales de Guatemala, 4a. ed., al 31 de mayo de 2025.