Artículo 9del Ley del Régimen Penitenciario
Derecho de comunicación
Título I. Disposiciones preliminares · Capítulo II. Principios generales
Es obligatorio garantizar el derecho de comunicación en el propio idioma de las personas reclusas.
Derecho de comunicación
Título I. Disposiciones preliminares · Capítulo II. Principios generales
Es obligatorio garantizar el derecho de comunicación en el propio idioma de las personas reclusas.
Art. 9, Ley del Régimen Penitenciario de Guatemala (Decreto 33-2006), texto al 31 de mayo de 2025, codicegt.com/ley-del-regimen-penitenciario/articulo-9/
Ley del Régimen Penitenciario (Decreto 33-2006 del Congreso de la República). Texto según CENADOJ, Organismo Judicial — Compilación de Leyes Penales de Guatemala, 4a. ed., al 31 de mayo de 2025.