Artículo 98del Ley del Régimen Penitenciario
Evaluación del cumplimiento de los plazos
Título VII. Disposiciones transitorias y finales · Capítulo I. Disposiciones transitorias y finales
Será responsabilidad de la Comisión Nacional del Sistema Penitenciario la evaluación del cumplimiento de los plazos anteriormente establecidos y de los centros de condena en los que se pueda implementar el régimen progresivo en un plazo menor a los estipulados.