Artículo 37 de la Ley del RENAP
Dirección de Procesos
Reformado
Capítulo VI. Oficinas ejecutoras
Registro Nacional de las Personas · Actualizado en Códice el · Alcance y aviso · Metodología
La Dirección de Procesos es la dependencia encargada, con base a la información recibida del Registro Central de las Personas, de emitir el Documento Personal de Identificación; además organizará el funcionamiento del sistema biométrico y de grafotecnia. Se regirá por el reglamento respectivo.
Historial de reformas
- 2008
Reformado
Decreto 23-2008, art. 3
- Corte
Texto según la fuente
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Nota de la fuente: *Reformado por el Artículo 3, del Decreto Número 23-2008 el 17-05-2008