Artículo 5 de la Ley Monetaria
Impresión o acuñación ilegal
Título I. Moneda nacional · Capítulo I. Unidad Monetaria, emision y curso legal
Banco de Guatemala · Actualizado en Códice el · Alcance y aviso · Metodología
La impresión de billetes o la acuñación de monedas de la unidad monetaria nacional que se haga en forma o por cantidades no dispuestas por la Junta Monetaria, hará incurrir a quienes las hubieren dispuesto o ejecutado en las responsabilidades y penas prescritas en el Código Penal.