Artículo 37 de la Ley Orgánica del Banguat
Relaciones laborales
Título II. Direccion, administracion y ejecucion · Capítulo III. Administracion
Banco de Guatemala · Actualizado en Códice el · Alcance y aviso · Metodología
Las relaciones laborales entre el Banco de Guatemala y sus trabajadores se regirán por el reglamento interno que emitirá la Junta Monetaria a propuesta del Gerente y, supletoriamente, por las disposiciones contenidas en el Código de Trabajo.