Artículo 38 de la Ley Orgánica del Banguat
Formación y preparación técnica de personal
Título II. Direccion, administracion y ejecucion · Capítulo III. Administracion
Banco de Guatemala · Actualizado en Códice el · Alcance y aviso · Metodología
El Banco de Guatemala deberá promover la formación y preparación de personal técnico calificado en materia económica, particularmente en temas monetarios y financieros.