Artículo 82del Ley Orgánica del Ministerio Público
Reglamento
Título VI · Capítulo Único. Disposiciones transitorias y finales
El Fiscal General, elaborará los reglamentos correspondientes, dentro de los noventa días siguientes a la vigencia de esta ley. En el mismo término, el Consejo del Ministerio Público elaborará los reglamentos que a dicho órgano le competen.