LVET · Artículo 13

Artículo 13del Ley contra la Violencia Sexual, Explotación y Trata

Presentación de denuncia

Título III. Prevención, protección y atención de las víctimas

En los casos de sospecha o confirmación de la amenaza, restricción o violación de cualquier derecho establecido en esta Ley, debe ser comunicado o denunciado inmediatamente ante las autoridades administrativas y judiciales competentes.

La denuncia podrá ser presentada bajo reserva de confidencialidad.

Cómo citar

Art. 13, Ley contra la Violencia Sexual, Explotación y Trata de Guatemala (Decreto 9-2009), texto al 31 de mayo de 2025, codicegt.com/ley-vet/articulo-13/

También en Markdown y JSON.

Fuente

Ley contra la Violencia Sexual, Explotación y Trata (Decreto 9-2009 del Congreso de la República). Texto según CENADOJ, Organismo Judicial — Compilación de Leyes Penales de Guatemala, 4a. ed., al 31 de mayo de 2025.