Artículo 1085del Código Civil
Obligación del albacea de hacer la partición
Libro Tercero. De la sucesión hereditaria · Título III. De la sucesión intestada · Capítulo III. Partición de bienes hereditarios
Aprobados el inventario y la cuenta de administración, el albacea debe hacer inmediatamente la partición de la herencia.