Artículo 311del Código Penal
Inhumaciones y exhumaciones ilegales
Libro Segundo. Parte especial · Título VII. De los delitos contra la seguridad colectiva · Capítulo IV. De los delitos contra la salud
Quien, practicare inhumación, exhumación o traslado de un cadáver o restos humanos contraviniendo las disposiciones sanitarias correspondientes, será sancionado con prisión de un mes a seis meses y multa de cincuenta a trescientos quetzales.