Artículo 544del Código Procesal Civil y Mercantil
Suspensión del proceso
Libro Quinto. Alternativas comunes a todos los procesos · Título II. Acumulacion de procesos
Desde que se pida la acumulación quedará en suspenso la tramitación de los procesos a que aquella se refiera, sin perjuicio de que se practiquen las diligencias precautorias y urgentes.