Artículo 34 de la Ley del Servicio Público de Defensa Penal
Funciones
Título III. De los defensores públicos · Capítulo II. Defensores de planta del instituto
Instituto de la Defensa Pública Penal · Actualizado en Códice el · Alcance y aviso · Metodología
Los defensores públicos de planta tendrán a su cargo, exclusivamente, la asistencia en procesos penales de personas consideradas de escasos recursos, conforme lo establecido en esta ley.