Artículo 37 de la Ley del Servicio Público de Defensa Penal
Requisitos
Título III. De los defensores públicos · Capítulo II. Defensores de planta del instituto
Instituto de la Defensa Pública Penal · Actualizado en Códice el · Alcance y aviso · Metodología
Para acceder al cargo de defensor público de planta se requiere:
1)Ser abogado colegiado activo;
2)Acreditar experiencia en materia penal;
3)Haber superado las pruebas establecidas mediante concurso público de mérito y oposición;
4)Cuando así lo considere el Consejo del Instituto, la obligación de asistir a cursos o estudios especializados.