Artículo 24 de la Ley de Inquilinato
DEL ARRENDATARIO
Decreto 1468 del Congreso de la República · Actualizado en Códice el · Alcance y aviso · Metodología
Los hoteles, pensiones, posadas, mesones y casas destinadas a hospedaje no quedan sujetos a las limitaciones de alquileres que esta ley dispone, ni al pago de rentas por mensualidades vencidas.