Artículo 160del Ley del Organismo Judicial
Entrega de expedientes
Título V. Disposiciones complementarias · Capítulo I. Actuaciones judiciales
Por ningún motivo se entregarán los expedientes en confianza.
Entrega de expedientes
Título V. Disposiciones complementarias · Capítulo I. Actuaciones judiciales
Por ningún motivo se entregarán los expedientes en confianza.
Art. 160, Ley del Organismo Judicial de Guatemala (Decreto 2-89), texto al 31 de julio de 2025, codicegt.com/ley-del-organismo-judicial/articulo-160/
Ley del Organismo Judicial (Decreto 2-89 del Congreso de la República). Texto según CENADOJ, Organismo Judicial, al 31 de julio de 2025.