LEPP · Artículo 188

Artículo 188del Ley Electoral y de Partidos Políticos

De la revocatoria

Libro Tres. Autoridades y órganos electorales · Título Tres · Capítulo Único. Medios de Impugnación

Contra las resoluciones definitivas dictadas por las dependencias del Registro de Ciudadanos o las delegaciones del mismo, podrá interponerse recurso de revocatoria, por escrito, ante el propio funcionario que dictó la resolución impugnada y dentro de los tres días siguientes al de la última notificación.

Cómo citar

Art. 188, Ley Electoral y de Partidos Políticos de Guatemala (Decreto 1-85 de la Asamblea Nacional Constituyente), fecha de corte no indicada en la fuente, codicegt.com/ley-electoral/articulo-188/

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Fuente

Ley Electoral y de Partidos Políticos (Decreto 1-85 de la Asamblea Nacional Constituyente). Texto según Tribunal Supremo Electoral (edición 2023). Fecha de corte no indicada en la fuente.