LEPP · Artículo 192

Artículo 192del Ley Electoral y de Partidos Políticos

Objeto del amparo

Reformado

Libro Tres. Autoridades y órganos electorales · Título Tres · Capítulo Único. Medios de Impugnación

Las resoluciones, acuerdos y actos que el Tribunal Supremo Electoral dicte o ejecute, podrán ser objeto de amparo en los casos previstos en la ley constitucional de la materia.

* Reformado por el Artículo 106 del Decreto 10-04 del Congreso de la República el 26-05-2004.

Cómo citar

Art. 192, Ley Electoral y de Partidos Políticos de Guatemala (Decreto 1-85 de la Asamblea Nacional Constituyente), fecha de corte no indicada en la fuente, codicegt.com/ley-electoral/articulo-192/

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Fuente

Ley Electoral y de Partidos Políticos (Decreto 1-85 de la Asamblea Nacional Constituyente). Texto según Tribunal Supremo Electoral (edición 2023). Fecha de corte no indicada en la fuente.