Artículo 65del Ley Electoral y de Partidos Políticos
Estatutos
Reformado
Libro Dos. Organizaciones políticas · Título Dos. Partidos políticos · Capítulo Cinco. Inscripción de los partidos políticos
Los estatutos del partido deben contener, por lo menos:
a)Nombre y descripción del emblema o símbolo distintivo del partido y principios ideológicos que lo rigen.
b)Procedimiento de afiliación y derechos y obligaciones de sus miembros.
c)Órganos del partido, forma de integrarlos, atribuciones, facultades y funciones. Además de los mencionados en el artículo 24 de esta ley, todo partido político debe tener un órgano colegiado de fiscalización financiera y un tribunal de honor.
d)Representación legal.
e)Formalidades de las actas de los órganos colegiados del partido y las responsabilidades de éstos por el manejo de sus libros autorizados por el Registro.
f)Forma de fijación de cuotas y demás contribuciones a favor del partido.
g)Sanciones aplicables a los miembros.
h)Fecha en que deben celebrarse la Asamblea Nacional, las Asambleas Departamentales y las Asambleas Municipales.”
“i) La filosofía que constituye el fundamento ideológico contenido en el numeral 2) de la literal c) del artículo 52 de esta Ley;
j)La admisión del pluralismo ideológico y político, en el sistema de partidos políticos;
k)Regulación precisa de la democracia interna en los partidos;
l)Aceptación de las decisiones de la mayoría y opiniones de la minoría;
m)Aceptación de la representación proporcional de minorías en los órganos de dirección del partido;
n)La admisión de corrientes políticas al interior de los partidos; y,
ñ)Estrictas sanciones a las conductas de los afiliados que sean contrarias a las declaraciones de los derechos humanos y convenios y tratados internacionales de esa materia ratificados por el Estado de Guatemala.”
2016 del Congreso de la República el 25-05-2016.
* Adicionadas las literales de la i) a la ñ) por el artículo 20 del Decreto Número 26- * Reformado por el Artículo 44 del Decreto Del Congreso Número 10-04 el 26-05-2004.