Artículo 7del Ley contra la Violencia Sexual, Explotación y Trata
Prevención
Título III. Prevención, protección y atención de las víctimas
Se entiende por prevención la preparación y la disposición de medios para evitar la violencia sexual, la explotación y la trata de personas, antes de su manifestación, mediante la intervención directa sobre sus causas y los riesgos de incurrir en ellas.