Artículo 2167del Código Civil
Libro Quinto. Del derecho de obligaciones · Título XX. La transacción
El error de cálculo en las transacciones debe enmendarse y no es causa de nulidad.
Libro Quinto. Del derecho de obligaciones · Título XX. La transacción
El error de cálculo en las transacciones debe enmendarse y no es causa de nulidad.
Art. 2167, Código Civil de Guatemala (Decreto-Ley 106 del Jefe de Gobierno de la República), texto al 8 de agosto de 2025, codicegt.com/codigo-civil/articulo-2167/
Código Civil (Decreto-Ley 106 del Jefe de Gobierno de la República). Texto según CENADOJ, Organismo Judicial, al 8 de agosto de 2025.