CMig · Artículo 236

Artículo 236del Código de Migración

Vigencias de solicitudes, procedimientos y trámites

Libro III. Disposiciones finales, transitorias y derogatorias · Título I. Disposiciones Finales y Transitorias · Capítulo III. Disposiciones transitorias

Todas las solicitudes, procedimientos y trámites existentes antes de la entrada en vigencia del presente Código, serán resueltos conforme el Decreto Número 95-98 del Congreso de la República.

Cómo citar

Art. 236, Código de Migración de Guatemala (Decreto 44-2016), fecha de corte no indicada en la fuente, codicegt.com/codigo-de-migracion/articulo-236/

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Fuente

Código de Migración (Decreto 44-2016 del Congreso de la República). Texto según CENADOJ, Organismo Judicial (texto del Decreto 44-2016 publicado). Fecha de corte no indicada en la fuente.