Artículo 119 de la Ley Integral Antilavado
Ámbito temporal de la Ley
Título VI. Disposiciones transitorias y finales · Capítulo I. Transitorias
Banco de Guatemala · Texto al 17 de junio de 2026 · Actualizado en Códice el · Alcance y aviso · Metodología
Los expedientes formados y los trámites iniciados al amparo de las leyes que mediante la presente se derogan, se resolverán con base en las leyes vigentes a la fecha de su inicio y demás disposiciones de la Ley del Organismo Judicial, Decreto Número 2-89 del Congreso de la República.