Artículo 155del Ley del Organismo Judicial
Cosa Juzgada
Reformado
Título IV. Disposiciones comunes a todos los procesos · Capítulo V. Las sentencias y su ejecucion
Hay cosa juzgada cuando la sentencia es ejecutoriada, siempre que haya identidad de personas, cosas, pretensión y causa o razón de pedir.
(Reformado por Artículo 14 del Decreto 11-93 del Congreso de la República).