Artículo 259del Código Civil
Capacidad relativa de los menores
Libro Primero. De las personas y de la familia · Título II. De la familia · Capítulo VII. De la patria potestad
Los mayores de catorce años tienen capacidad para contratar su trabajo y percibir la retribución convenida, con la que ayudarán a sus padres para su propio sostenimiento.