¿Cómo define el Código Civil al matrimonio?
- A. Un contrato civil que se disuelve por la sola voluntad de los cónyuges
- B. Una sociedad civil entre dos personas con fines patrimoniales
- C. Una institución social por la que un hombre y una mujer se unen legalmente, con ánimo de permanencia
- D. Un acto religioso reconocido y registrado por el Estado
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Respuesta: C. Una institución social por la que un hombre y una mujer se unen legalmente, con ánimo de permanencia
El artículo 78 del Código Civil define el matrimonio como una institución social por la que un hombre y una mujer se unen legalmente, con ánimo de permanencia, para vivir juntos, procrear, alimentar y educar a sus hijos y auxiliarse entre sí.
«El matrimonio es una institución social por la que un hombre y una mujer se unen legalmente, con ánimo de permanencia»